
El piso que no existe: Neme denuncia proscripción y fraude aritmético del Tribunal Electoral
leonardo fernández acosta
En un nuevo capítulo del ya viciado proceso electoral formoseño, la diputada Gabriela Neme, junto a sus apoderados José Andrés Cánepa y Rodolfo Albert, interpuso un recurso de reposición contra el acta 70/25 del Tribunal Electoral Permanente (TEP) que adjudicó una banca legislativa a la candidata radical Carla Zaiser, dejando afuera a Neme, quien obtuvo más votos.
La presentación detalla un mecanismo que podría considerarse escandaloso si no fuera moneda corriente en el sistema electoral de la provincia: la aplicación de un supuesto “piso electoral” que no está contemplado ni por la Constitución de Formosa ni por la ley electoral provincial, y que el TEP invoca en base a una interpretación torcida de su propia resolución 82/89.
El piso que no existe, pero define bancas
Según el recurso, Gabriela Neme obtuvo 19.025 votos, superando el umbral de 18.919 votos que, según la misma resolución citada por el Tribunal, corresponde al piso mínimo para acceder a una banca dentro del lema “Confederación Frente Amplio Formoseño”. Sin embargo, el TEP adjudicó la banca a Carla Zaiser, que representa al sublema radical del mismo frente y que individualmente no alcanzó esa cantidad de votos.
El planteo denuncia que el TEP, sin ninguna norma que lo respalde, reconfiguró los cálculos matemáticos posteriores a la elección para forzar la exclusión de Neme. Esto no solo implica una adulteración del método D’Hondt sino una violación directa al derecho constitucional de elegir y ser elegido.
La clave: el artículo 6 de la Ley de Lemas
La ley electoral formoseña (Ley 653) establece con claridad que el sistema de adjudicación de bancas debe realizarse en dos niveles con el sistema D’Hondt: primero entre lemas para repartir la cantidad de escaños y luego entre los sublemas de cada lema según los votos obtenidos. No hay ninguna mención a un piso mínimo de votos para las listas internas.
Sin embargo, el TEP habría aplicado un criterio discrecional: elevar el piso de manera arbitraria, sumando los votos positivos del lema completo y forzando un cociente que favorezca a listas funcionales al oficialismo, como en este caso con Zaiser.
"Proscripción matemática" y discriminación política
El escrito presentado por los apoderados de Neme es categórico: se trata de una maniobra para proscribir a una opositora incómoda, utilizando como excusa una cifra que ni la ley ni la jurisprudencia reconocen. La manipulación no solo es jurídica sino política: el recurso habla de discriminación ideológica, uso desigual de reglas no escritas y arbitrariedad en la interpretación de resoluciones electorales.
Además, se advierte que esta metodología no se aplica en otras categorías como la de concejales, donde el TEP sí respeta la representación proporcional directa sin piso, lo que refuerza la idea de una aplicación selectiva y manipulada del derecho electoral.
Lo que dice la jurisprudencia
El texto remite a fallos de la Corte Suprema y la Cámara Nacional Electoral que advierten que las reglas electorales no pueden modificarse por vía administrativa ni interpretarse de modo que alteren la voluntad popular. Además, recuerda que la representación directa no puede ser condicionada por barreras no previstas en la ley.
Cita también tratados internacionales sobre derechos civiles y políticos (Pacto de San José de Costa Rica, Declaración Universal de los Derechos Humanos) que garantizan el derecho al voto y a la representación libre de discriminaciones y manipulaciones.
Como nota al pie explosiva, el recurso también cuestiona la legitimidad del propio Tribunal Electoral Permanente, al denunciar que sus miembros fueron nombrados de manera irregular sin intervención del Consejo de la Magistratura, lo que los convertiría en “jueces de facto”.
En definitiva, el recurso de Neme no solo plantea una controversia jurídica sino una denuncia profunda al sistema electoral formoseño, donde la voluntad popular puede ser anulada mediante fórmulas y planillas manipuladas.
Más de 19 mil votos quedarían huérfanos de representación por una operación matemática sin base legal, mientras una candidata con menos votos se sienta en la banca. Lo que debería resolverse con proporcionalidad y transparencia, termina siendo decidido según “la cara del cliente”, como afirma el escrito.
Si el TEP no revierte su decisión, el caso podría escalar hasta la Corte Suprema de Justicia de la Nación, y tal vez allí se escuche con más fuerza lo que en Formosa algunos organismos se empeñan en silenciar: la soberanía popular no se negocia.


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