Verguenza nacional: exconcejal ultragildista que el propio STJ había echado, ahora como juez condena a periodistas inventando una ley

Omar Padilla no disimula: fue concejal, dirigente justicialista, vocero del "proyecto" de Gildo Insfrán y hombre de confianza del ministro Guillermo Alucín. El mismo STJ que lo excluyó por incompatible lo nombró juez. Ahora firmó una condena a prisión contra cuatro periodistas por no tener un carnet que la Constitución prohíbe exigir. No es un error judicial: es un mensaje. En Formosa, la justicia no protege derechos: protege al gobernador.
24/09/2026leonardo fernández acostaleonardo fernández acosta

padilla

Un hombre que alguna vez fue excluido del sistema judicial por su militancia partidaria es, años después, designado juez por ese mismo sistema. Un dirigente político que juró públicamente lealtad al gobernador se convierte en "guardián de la justicia". Un "ultragildista" que nunca ocultó su alineamiento termina, con una sola sentencia, enviando a prisión a cuatro periodistas. Esto no es ficción. Es lo que está pasando en Formosa.

La trayectoria política de Omar Padilla no es compleja. Fue concejal de Las Lomitas, dirigente del Partido Justicialista y defensor público del "proyecto político" de Gildo Insfrán.

Esos antecedentes, por sí solos, no serían un problema. El problema es lo que vino después: juez.

El propio Poder Judicial de Formosa dejó registro oficial de esa historia. En 2014, el Superior Tribunal de Justicia lo excluyó de la lista de conjueces de la Tercera Circunscripción por considerar que su cargo de concejal constituía una "incompatibilidad" con el ejercicio de un cargo público.

En aquel momento, la justicia formoseña entendió que un dirigente partidario en funciones no debía sentarse en un estrado judicial. Sin embargo, el tiempo cambió todo. O, más precisamente, la política cambió todo.

El 26 de marzo de 2025, el Superior Tribunal de Justicia de Formosa, mediante la Resolución 184/25, designó a Omar Padilla como juez de Paz de Menor Cuantía de Las Lomitas, en reemplazo de Nicanor Aurelio Maldonado. El propio STJ afirmó que Padilla reunía el perfil para desempeñarse con "eficiencia, prudencia y dedicación", y explicó que utilizó las atribuciones conferidas por la Constitución provincial para cubrir el cargo de inmediato. El ministro Guillermo Alucín lo elogió públicamente y presidió su juramento.

De "incompatible" a "juez ejemplar": menos de once años. Lo que no cambió fue su posición política. Lo que cambió fue el contexto que lo designó.

El núcleo de la sentencia: una ley que no existe

La sentencia más reciente de Padilla lo puso en el centro de la escena nacional.

Condenó a cinco días de arresto sustituibles por una multa de $282.550 para cada uno, a los cuatro integrantes del equipo periodístico de "Hambre de Futuro", de LN+: Lautaro Guillamondegui, Micaela Urdinez, Joaquín Rajadel y Javier Corbalán.

¿Con qué fundamento? Según informó la Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA), Padilla consideró que los periodistas infringieron el artículo 73 del Código de Faltas provincial por dos razones: haber desarrollado una actividad sin autorización previa y carecer de un carnet para ejercer el periodismo.

Ambas razones son insostenibles en cualquier Estado de derecho.

ADEPA lo dijo con claridad: "En la Argentina no se necesita licencia, matrícula ni autorización estatal para ser periodista, investigar, formular preguntas o difundir información. La libertad de buscar, recibir y comunicar informaciones está reconocida por la Constitución Nacional a todas las personas y no puede quedar condicionada al otorgamiento de una credencial por parte del Estado ni por organismo alguno."

Más aún: hace más de cuarenta años, mediante la Opinión Consultiva OC-5/85, la Corte Interamericana estableció que el ejercicio del periodismo no puede quedar sujeto a colegiaciones, matrículas o habilitaciones obligatorias. La sentencia de Padilla no aplica una ley. Inventa una que no existe.

El otro problema de la sentencia es su reconstrucción de los hechos.

Según ADEPA, el propio fallo reconoce que los periodistas fueron inicialmente autorizados a ingresar y realizar entrevistas, y que se retiraron cuando se les pidió hacerlo. No hubo ingreso violento ni clandestino, no hubo permanencia contra la voluntad de los miembros de la comunidad, no hubo agresión física ni intromisión concreta en la intimidad de persona alguna.

ADEPA señala que la absurda decisión se funda "exclusivamente en la declaración o denuncia del cacique Guillermo López", versión que "contradice lo expresado por los periodistas en las audiencias y que resulta desmentida por los registros audiovisuales de las notas periodísticas, los cuales dan cuenta de su disposición respetuosa y de la autorización otorgada".

Pero hay más. Según diversas fuentes periodísticas, el propio cacique López no sabía que existía una denuncia contra los periodistas. Habría declarado que la policía "me llevó a la comisaría, me hizo firmar algo, pero no sé qué era". Una denuncia fabricada, un "denunciante" que no sabía que lo era, una sentencia sobre esa base: eso es todo.

El "modelo Gildo" en su versión judicial

La sentencia de Padilla, leída en un contexto más amplio, significa mucho más que cuatro periodistas.

Formosa está gobernada por Gildo Insfrán desde hace casi tres décadas. Cada rincón de la provincia exhibe sus carteles de campaña: "Los formoseños no están solos", "Defender el modelo Formosa". Es un sistema político que extiende su control hasta el último poste de luz, el último control policial, la última comunidad.

El equipo de "Hambre de Futuro" se topó con un mecanismo sistemático de intimidación. Fueron identificados en controles viales, seguidos por al menos dos Toyota Hilux con vidrios polarizados, filmados y registrados por policías y civiles con teléfonos. Un informante les advirtió: "Apenas pisan la provincia, ya saben que son periodistas, ya los están siguiendo. Por su seguridad física, váyanse."

Eso no es "aplicación de la ley". Es una operación planificada de hostigamiento a la prensa.

Y la sentencia de Padilla es el cierre judicial de esa operación. El Estado movilizó policías, informantes, una denuncia fabricada, y finalmente necesitó un "juez" que pusiera una pátina de legalidad sobre todo el operativo. Padilla —aquel que dijo públicamente "tenemos quien nos indica el camino y es nuestro Gobernador"— era el hombre indicado.

ADEPA pidió que "este criterio sea revisado". Pero el problema de fondo no es solo una sentencia que puede apelarse o revocarse. El problema es que un dirigente partidario haya sido designado juez.

La razón por la que el STJ excluyó a Padilla en 2014 sigue siendo válida hoy. No es un juez que "conoce la comunidad". Es un cuadro político al servicio de un proyecto. Su "eficiencia, prudencia y dedicación" no sirven a la justicia, sino al "modelo" de Insfrán.

Cuando el sistema judicial de una provincia puede usarse para castigar a periodistas que investigan, cuando una "ley de carnet de periodista" se inventa desde la nada constitucional, cuando una denuncia fabricada es el único sustento de una condena la libertad de prensa es una palabra vacía.

La sentencia de Padilla debe ser revocada. El rechazo de ADEPA debe ser escuchado. Pero, sobre todo: un sistema que permite que Padilla sea juez es el que debería ser juzgado.

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