Licencia o peaje: en la ciudad de Formosa, manejar empieza pagando

Mientras la Justicia en Corrientes advierte que exigir el pago de multas para renovar el carnet carece de sustento legal, en Formosa el criterio se mantiene intacto: sin libre de deuda, no hay volante. La diferencia no es técnica, es política: decidir si la licencia es un derecho regulado o una herramienta de recaudación.
05/05/2026leonardo fernández acostaleonardo fernández acosta

En la Argentina de los reglamentos creativos, hay municipios que decidieron convertir la licencia de conducir en algo más que una habilitación: en una suerte de caja registradora con foto carnet. El caso de Formosa es un ejemplo nítido. Acá no se trata solo de saber manejar, ni de tener aptitudes psicofísicas, ni de cumplir con los requisitos básicos que establece la Ley Nacional de Tránsito 24.449. Acá, antes que nada, hay que pagar.

La regla es simple, casi brutal en su lógica: sin libre de deuda por multas, no hay renovación. Así lo ratifica el juez de Faltas municipal, amparado en la ordenanza 6907 y en una interpretación amplia y bastante conveniente de la autonomía municipal. El mensaje es claro: primero pase por caja, después circule.

El problema es que esa lógica empieza a hacer ruido cuando se la contrasta con el derecho. Y no con cualquier interpretación doctrinaria perdida en un manual, sino con un fallo concreto y reciente del Superior Tribunal de Justicia de Corrientes, que en la Sentencia N° 315 le puso un freno a una práctica idéntica en Paso de los Libres.

Allí, el tribunal fue directo al hueso: exigir el pago de multas como condición para renovar la licencia no tiene sustento en la legislación vigente. La ley nacional fija qué hay que controlar antecedentes, inhabilitaciones, pero en ningún lado habilita a los municipios a bloquear el trámite por deudas económicas. Traducido: una cosa es sancionar infracciones; otra muy distinta es usar la licencia como herramienta de presión para cobrarlas.

El argumento de fondo no es menor. El tribunal correntino invocó el principio de legalidad consagrado en el artículo 19 de la Constitución Nacional: nadie está obligado a hacer lo que la ley no manda. Y la ley, en este punto, no manda pagar multas para renovar el carnet. Así de simple, así de incómodo para quienes convirtieron el sistema en una ventanilla de recaudación.

Porque eso es lo que queda expuesto cuando se mira el esquema con un poco de honestidad: la finalidad de la normativa de tránsito , la seguridad vial queda desplazada por un objetivo mucho más terrenal. Si el problema fuera la peligrosidad del conductor, la deuda sería irrelevante. Pero no: lo que bloquea la licencia no es el riesgo, es la mora.

En Formosa, sin embargo, la maquinaria sigue aceitada. El sistema detecta automáticamente si el contribuyente tiene infracciones impagas y, en ese caso, el trámite se congela. No importa si la falta fue leve, si está en discusión o si responde a una multa cuestionable: el derecho a renovar queda condicionado. Y si el vencimiento supera los 90 días, la penalidad escala: hay que volver a rendir todo el examen, como si la experiencia acumulada detrás del volante se evaporara por decreto administrativo.

El argumento defensivo es conocido: la autonomía municipal. Es cierto, los municipios tienen facultades para regular aspectos locales. Pero esa autonomía no es soberanía. No habilita a contradecir una ley nacional ni a crear requisitos que restrinjan derechos sin respaldo legal. Cuando una ordenanza avanza más allá de ese límite, deja de ser regulación y empieza a rozar la arbitrariedad.

El fallo de Corrientes no es vinculante para Formosa, pero sí es un antecedente incómodo. Marca un camino posible para cualquier ciudadano que decida judicializar la cuestión. Y, sobre todo, deja al descubierto algo más profundo: que muchas de estas prácticas se sostienen no por su solidez jurídica, sino por la inercia administrativa y la falta de cuestionamiento.

En ese contexto, la frase del funcionario. “estamos obligados a hacer cumplir la ordenanza vigente", suena más a excusa que a argumento. Porque la verdadera discusión no es si la norma se cumple, sino si la norma es válida. Y ahí es donde el andamiaje empieza a crujir.

Al final del día, la pregunta es incómoda pero inevitable: ¿la licencia de conducir es un instrumento de seguridad vial o un mecanismo de cobro disfrazado? En Corrientes, al menos por ahora, la Justicia dio una respuesta. En Formosa, la respuesta sigue dependiendo menos del derecho que de la caja. Y eso, más que una política de tránsito, parece una política de ingresos.

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