El Superior Tribunal de Justicia evaluará si juezas provinciales violaron la Ley de género en un caso por desalojo

Cuando un hombre abandona un hogar y se va con otra pareja dejando a la mujer con los hijos, es algo normal, incluso si firma un contrato por el cual los condena a quedarse sin hogar ni futuro a sus hijos, en cambio al revés, no, definitivamente no, lo que firma la mujer “de mala o buena fe” no puede obligar al hombre porque el hombre no es grupo familiar, el hombre es un individuo con derechos y obligaciones.
Locales23/06/2022leonardo fernández acostaleonardo fernández acosta
sup
No hay antecedentes de violencia en la perspectiva de género en el ámbito civil y hasta ahora solo se aplicó en temas de derecho de familia y de índole penal, un caso que sentará precedentes en la jurisprudencia nacional ¿sera justicia?.

En un caso sin precedentes, la Justicia de Formosa y la Justicia Nacional, el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Formosa, deberá evaluar si la Ley de perspectiva de género ha sido violada por juezas de grado inferior en un expediente referente a un desalojo.


Se trata de una mujer Paraguaya que durante la inundación del año 1982 llego con sus hijos desde la localidad de Alberdi República del Paraguay, se instaló en la zona Norte (Lote 4) de la ciudad que también sufrió los embates de la crecida del Rio Paraguay en esa época, logró afincarse con sus hijos y su pareja de ese entonces en un paraje que no se hallaba ocupado por nadie (tenían escasos valor inmobiliario lotes deshabitados, muchos incluso fiscales). 


Con los años construyó su casa y fue en el mismo lugar en el que logro su sustento económico plantando verduras y vendiendo a distintos almacenes y mercados barriales de la ciudad.


En el año 1995 llega un Señor A.C. al domicilio de María y solicita hablar con el entonces concubino de ésta. Conviene entre los dos hombres (A.C. Y S.M) suscribir el contrato de comodato (préstamo precario del lugar) sin participación ni firma de María en el convenio, ni tampoco con conocimiento de ello; pasado un tiempo, en el año 2000, (5años) el Concubino decide abandonar el lugar y terminar con la relación con María.


Ella permanece en el lugar realizando mejoras y mantenimiento, carga sola con la crianza de sus hijos y con la comercialización de verduras. Comportándose como propietaria, al punto de que en el año 2008 cede una porción del inmueble porque necesitaban dinero para realizar mejoras para sus nietos.


En el año 2016 recibe una demanda de Desalojo por parte uno herederos de A.C., donde se le anoticia que debía devolver el inmueble con todo lo clavado y plantado, es decir su esfuerzo de más de 30 años, dado que solo estaba en el lugar por ser un préstamo precario conforme suscribiera ante la Policía de la Comisaría de Bernardino Rivadavia su ex pareja en el año 1995.


Las Juezas de Primera Instancia del Juzgado Civil N° 2 y luego Tres Juezas de la Cámara Civil y Comercial opinan en su sentencia que los que suscribió el hombre obliga a la mujer, porque cuando un hombre suscribe un contrato de comodato lo hace en nombre del “grupo familiar” y quedan todos obligados, aunque hubiera ignorado la mujer lo que suscribió el hombre.


Esto ocurre porque debe prevalecer ante todo el derecho a la propiedad privada por sobre cualquier otro derecho, dado que la propiedad privada se protege en la Constitución Argentina, salvo que el ocupante alegue prescripción adquisitiva y para la Justicia si el hombre reconoció un préstamo gratuito esto obliga también a la mujer y al gripo familiar.


Una pregunta que cabe hacerse, es si quién hubiera abandonado el hogar y dejado a los hijos con su ex esposo, solo en la crianza hubiera sido la mujer, y que a su vez esta mujer antes de marcharse del hogar suscribe un contrato de comodato dando precariedad a la posesión ( tenencia simple), ¿Qué mirada tendría la justicia formoseña?.


Cuando un hombre abandona un hogar y se va con otra pareja dejando a la mujer con los hijos, es algo normal, incluso si firma un contrato por el cual los condena a quedarse sin hogar ni futuro a sus hijos, en cambio al revés, no, definitivamente no, lo que firma la mujer “de mala o buena fe” no puede obligar al hombre porque el hombre no es grupo familiar, el hombre es un individuo con derechos y obligaciones.


Será el primer fallo en este aspecto desde la sanción de la leyes 26485 y 23179 que dice en su art. 5 dice "los estados partes tomarán todas las medidas apropiadas para: a) modificar los patrones socioculturales de conducta de hombres y mujeres con miras a alcanzar la eliminación de los prejuicios y las prácticas consuetudinarias y de cualquier otra índole que estén basados en la idea de la inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos o en funciones estereotipadas de hombres y mujeres . 


Cabe consignar que el contrato entre partes no obliga a terceros, y aunque hubieran estado unidos en matrimonio (que no es el caso) el contrato que suscribió su ex concubino, para la mujer es nulo. No hay antecedentes de violencia en la perspectiva de género en el ámbito civil y hasta ahora solo se aplicó en temas de derecho de familia y de índole penal, un caso que sentará precedentes en la jurisprudencia nacional ¿sera justicia?.

Te puede interesar
WhatsApp Image 2026-10-15 at 17.25.45

UNaF: la disputa por los decanatos llegó a la Justicia Federal y abrió un nuevo frente de incertidumbre institucional

leonardo fernández acosta
Locales16/10/2026
La Cámara Federal de Resistencia suspendió provisoriamente la aplicación material de la resolución del Consejo Superior que cuestionó las designaciones de Rafael Olmedo, Carlos Martínez y María Rosa Sanabria. Mientras el Rectorado defiende la legalidad de lo actuado y confía en un fallo favorable, la medida judicial obliga a precisar los alcances de las decisiones adoptadas y vuelve a poner bajo la lupa la regularidad institucional de la universidad.
march

Educación, equilibrio fiscal y la cuenta que nadie quiere pagar

leonardo fernández acosta
Locales16/10/2026
Defender la universidad pública no significa justificar el gasto sin límites ni volver a la emisión y la inflación para financiarlo. Sin equilibrio fiscal, también quedan en riesgo la salud, la seguridad y los recursos que reciben las provincias. La discusión no es educación sí o no: es cómo financiarla sin empobrecer a la sociedad y cómo terminar con los privilegios, la falta de controles y el uso político de los recursos públicos.
fa35b34f-3bf3-4913-a802-2bba38147320

Doble crimen en Gran Guardia: el sospechoso fue detenido en Santa Fe tras escapar en micro

leonardo fernández acosta
Locales10/10/2026
La Policía de Formosa confirmó la detención del presunto autor del doble homicidio ocurrido el viernes por la mañana en una estancia de Gran Guardia, donde un hombre y una mujer murieron por heridas de arma de fuego y una tercera mujer resultó lesionada. El arresto se produjo en territorio santafesino luego de que el sospechoso intentara alejarse de la provincia en un micro de larga distancia, y significó el cierre de una primera etapa de una investigación que avanza bajo la dirección de la Justicia.
pitufo

El "Pitufo" Cañiza bajo la mirada de la justicia federal por lavado de activos en Clorinda

leonardo fernández acosta
Locales16/09/2026
Una denuncia de 39 páginas presentada ante la Justicia Federal plantea una serie de presuntas irregularidades en la administración municipal de Clorinda y solicita investigar al intendente Jorge Ariel Alejandro Caniza, funcionarios, familiares y empresarios. La presentación habla de posibles sobreprecios, contrataciones fragmentadas, malversación, cohecho, enriquecimiento ilícito y lavado de activos. El abogado Juan Sebastián Montoya introdujo además un concepto utilizado en investigaciones de lavado: el “smurfing” o “pitufeo”, una modalidad que, según explicó, consistiría en dividir operaciones en montos menores para evitar determinados controles. Todo deberá ser probado por la Justicia, pero la cantidad de hechos denunciados y las medidas solicitadas colocan a la administración municipal bajo una lupa que ahora deberá ser judicial.
Diseño sin título (3)

El endeudamiento tiene un solo culpable: Milei, según el oficialismo formoseño

leonardo fernández acosta
Locales14/09/2026
Mientras Gialluca, Basterra, De la Rosa e Insfrán descubren el drama del endeudamiento y apuntan todas las culpas contra Milei, nadie se anima a mirar el espejo del Modelo Formoseño: salarios que no alcanzan, empleo privado raquítico, dependencia de la Nación y una economía que hace décadas no genera suficientes oportunidades. Para el oficialismo, cuando el formoseño se endeuda, el culpable siempre está a 1.200 kilómetros. Nunca en Casa de Gobierno.
Lo más visto
WhatsApp Image 2026-10-14 at 16.41.56

"Este señor no nos representa": graduados de Humanidades rechazan la firma del ex Decano Olmedo en sus títulos universitarios

leonardo fernández acosta
14/10/2026
Egresados del Profesorado y de la Licenciatura en Geografía de la UNaF presentaron una nota administrativa ante el Rectorado para exigir que sus diplomas sean firmados exclusivamente por autoridades legítimamente constituidas. La presentación se produce después de que el Consejo Superior declarara la nulidad de las elecciones de decanos realizadas en diciembre de 2024.
march

Educación, equilibrio fiscal y la cuenta que nadie quiere pagar

leonardo fernández acosta
Locales16/10/2026
Defender la universidad pública no significa justificar el gasto sin límites ni volver a la emisión y la inflación para financiarlo. Sin equilibrio fiscal, también quedan en riesgo la salud, la seguridad y los recursos que reciben las provincias. La discusión no es educación sí o no: es cómo financiarla sin empobrecer a la sociedad y cómo terminar con los privilegios, la falta de controles y el uso político de los recursos públicos.
WhatsApp Image 2026-10-15 at 17.25.45

UNaF: la disputa por los decanatos llegó a la Justicia Federal y abrió un nuevo frente de incertidumbre institucional

leonardo fernández acosta
Locales16/10/2026
La Cámara Federal de Resistencia suspendió provisoriamente la aplicación material de la resolución del Consejo Superior que cuestionó las designaciones de Rafael Olmedo, Carlos Martínez y María Rosa Sanabria. Mientras el Rectorado defiende la legalidad de lo actuado y confía en un fallo favorable, la medida judicial obliga a precisar los alcances de las decisiones adoptadas y vuelve a poner bajo la lupa la regularidad institucional de la universidad.
Suscríbete al newsletter para recibir periódicamente las novedades en tu email