Retiro opositor de la Convención Constituyente: denuncian 23 artículos nulos y “una farsa para blindar al poder”

La Libertad Avanza se retiró de la Convención Constituyente denunciando un catálogo de violaciones reglamentarias que haría sonrojar a un parlamento bananero. Entre artículos pisoteados, dictámenes exprés y un oficialismo que actúa como dueño del circo, 23 artículos ya aprobados nacen muertos y huelen a naftalina de guion viejo.
Locales11/08/2025leonardo fernández acostaleonardo fernández acosta
rosa
María Graciela De la Rosa, presidenta de la Convención Constituyente, orquestando la reforma como si el reglamento fuera un adorno y la democracia, un trámite prescindible.

La primera semana de trabajo de la Convención Constituyente de Formosa terminó con un quiebre político: el bloque opositor anunció su retiro de las sesiones, denunciando “la gravedad institucional que implica el incumplimiento sistemático del reglamento” y acusando al oficialismo de transformar el debate en “una escribanía al servicio del poder”.

“Quedarnos es ser colaboracionistas del régimen”, advirtieron los convencionales opositores, que señalaron que el procedimiento aplicado en el recinto viola el reglamento interno y artículos clave del Código Penal (248 y 249), además de incumplir el fallo de la Corte Suprema.

Reglamentos ignorados y artículos violados
La oposición enumeró, punto por punto, las normas internas que, a su entender, fueron pisoteadas:

Art. 98 y 102: vigentes en el reglamento, pero negados en las sesiones del 4, 6 y 8 de agosto, al impedir explicar mociones de preferencia o sobre tablas, tratándolas como si fueran mociones de orden para bloquear el debate.


Art. 148: prohíbe designar a los pares por su nombre. Según la denuncia, fue violado reiteradamente por los convencionales Vera, Muracciolle, Caballero y otros, “sin que la Presidencia actuara”.


Art. 149: impide alusiones irrespetuosas o imputaciones de mala intención. La oposición asegura haber recibido insultos como “vagos”, “burros”, “caraduras”, “cobardes”, “idiotas” y “traidores”, con micrófonos apagados para impedir la defensa.


Art. 150 y 152: ordenan mantener el orden y prohíben interrupciones. “Se permitió la interrupción sistemática y se toleraron faltas de respeto del oficialismo sin sanción”.


Los opositores también cuestionaron que proyectos oficialistas ingresaran al plenario y se aprobaran con dictámenes ya redactados, “revelando que todo estaba armado de antemano” y que “el debate legal no se dio”.

Reformas inconstitucionales y artículos cuestionados
El retiro se produce luego de que el oficialismo aprobara 23 artículos que, según la oposición, “no alcanzan los estándares exigidos por la Constitución Nacional” y son por lo tanto “inconstitucionales”. Entre ellos, mencionaron las reformas a los arts. 7, 8, 19, 23, 40, 41, 45, además de otras disposiciones aprobadas sin tratamiento previo en comisión.

En el caso de los artículos 7 y 8, denunciaron que fueron votados el mismo día que ingresaron, sin derivación formal a comisión, repitiendo el mecanismo sesión tras sesión. “La esencia de una convención constituyente es resguardar los derechos de las minorías. Aquí, el oficialismo ha optado por avasallar y desoír el reglamento, vulnerando principios básicos de la forma republicana de gobierno”, señalaron.

“No es un abandono: es un acto de dignidad”
En su comunicado, los opositores remarcaron: “No vamos a convalidar ni legitimar una Constitución redactada desde el quinto piso de la Casa de Gobierno… hecha para garantizar la perpetuidad en el poder, burlar el fallo de la Corte Suprema y habilitar otra reelección de Insfrán”.

Aseguran que la reforma no busca mejorar la institucionalidad, sino “blindar al poder en perjuicio del pueblo formoseño”, consagrando un “modelo de pobreza, persecución, avasallamiento y de inseguridad jurídica, con un sesgo marcadamente ideológico partidario”.

“Estos no son errores: son ataques planificados al espíritu democrático”, cerraron. “No seremos cómplices ni partícipes de esta farsa”.

La nota completa presentada a la presidencia de la Convención Constituyente

Formosa, 11 de Agosto del 2.025.-
A LA SRA. PRESIDENTE DE LA
HONORABLE CONVENCION
CONSTITUYENTE DE LA PROVINCIA
DE FORMOSA
LIC. MARIA GRACIELA DE LA ROSA
SU_DESPACHO:

Mediante la presente nos dirigimos a Usted y, por su intermedio, a los miembros de esta Convención, a efectos de comunicar formalmente nuestra decisión de retirarnos de las sesiones de la Convención Constituyente ante la gravedad institucional que implica el incumplimiento sistemático del reglamento que rige su funcionamiento, lo que constituye una violación directa al sistema democrático, y donde creemos que quedarnos es ser COLABORACIONISTA DEL REGIMEN.

Si bien reconocemos que, conforme al resultado oficial de las elecciones del 29 de junio, representamos a la minoría, ello no autoriza a la mayoría a apartarse del reglamento, ni a incurrir en el destrato y avasallamiento de los convencionales electos por la oposici6n. Ser minoría no significa ser convidados de piedra ni habilita a las mayorías a pisotear las reglas, silenciar voces y humillar a los representantes electos por miles de formosenos.

Desde el inicio de este proceso, la mayoría oficialista ha optado por imponer, avasallar y desoír el reglamento, transformando lo que debería ser un debate democrático en una escribanía al servicio del poder. Esta actitud arbitraria, teniendo los dos tercios necesarios para aprobar cualquier cosa, demuestra que temen que el pueblo escuche nuestras propuestas y nuestras voces, y nos lleva a dudar seriamente de si realmente cuentan con el 70% que tanto pregonan.

En una Convención Constituyente donde todos deberíamos tener el mismo trato, categoría y la misma colaboración del personal de la Legislatura, afectado a la misma, toma notoriedad la privación de la infraestructura de asistencia a la labor de los Convencionales, de la que goza el oficialismo y de la que se priva a la oposición, habiéndonos sugerido en tono burlón el presidente del bloque oficialista Rodrigo Vera, que contratemos asistentes de nuestro bolsillo y traigamos nuestras impresoras. Sirva de suficiente ejemplo haber realizado en forma manuscrita y a contrarreloj los dictámenes de Minoría con nuestras observaciones al "texto sorpresa" que nos deparé cada reunión de Comisión, pero que tampoco recibieron tratamiento, no fueron incorporados en el plan de labor, ni merecieron lectura en el Plenario, quedando reducidos a la condición de simples disensos escritos que tal vez sean leídos -o no- por la posteridad, o terminen en la basura, que es el trato que reciben las minorías.

Incluso la inexistencia de textos escritos de los temas que están tratándose en el Plenario, que se leen, pero no se adelantan en soporte papel, con el pretexto de que aparecen en la pantalla que existe en cada banca del Convencional, pero que por razones supuestamente técnicas tardan en aparecer en dichas pantallas, llegando a aparecer después de aprobados, y donde nunca aparece el dictamen de la minoría.

Para que no exista margen para el relato oficialista, dejamos en claro que los hechos constituyen un delito tipificado en los arts. 248 y 249 del Código Penal: incumplimiento de los deberes de funcionario público por parte de la Presidencia y sus cómplices.

Ese incumplimiento se configura desde la reforma exprés al reglamento que se aprobé en la sesión preparatoria que estableció primero en el Capítulo I la modificación en los artículos 96 y 97 sobre mociones de orden, entre otros.

Igualmente, en el Titulo III se dejé constancia de artículos derogados, pero no incluyó los artículos 98 al 104, que regulan las mociones de preferencia y sobre tablas, ni los artículos 148, 149, 150 y 152, que regulan las conductas dentro del recinto y pese a este marco normativo vigente, la presidente María Graciela De La Rosa decidió incumplirlo abiertamente.

Para esclarecer el por qué denunciamos el incumplimiento sistemático del reglamento es importante establecer la diferencia sustancial en el planteo entre la diferente naturaleza jurídica de cada moción.

Moción de orden: es la petición para interrumpir el trámite normal de la sesión con el fin de resolver una cuesti6n de orden o procedimiento. No permite introducir temas nuevos, pero desplaza el debate. Fue la figura usada para impedir que los opositores hablen sobre el tema en discusión.

 Moción de preferencia: prevé el pedido para que un tema específico se trate antes que otros en el orden del día, y antes del plan de labor.

Moci6é6n sobre tablas: autoriza al pedido para que un tema se trate de inmediato en la misma sesión, sin pasar por comisi6n, y antes del plan de labor.

En nuestro caso, cuando solicitamos mociones de preferencia o sobre tablas se nos negó el derecho a explicarlas, antes de impedir ese derecho es censurar la voz del legislador en el momento clave del debate, privando a la ciudadanía de conocer nuestras razones, proyectos y silenciando propuestas de la oposición.

Los incumplimientos concretos del reglamento que denunciamos son los siguientes:

Art. 98 y 102: que están vigentes dentro del reglamento, y a pesar de ello se nos negó el derecho a explicar nuestras mociones en las sesiones de los días 4, 6 y 8 de agosto, tratándolas como si fueran mociones de orden para impedir el debate.

Art. 148: que prohíbe designar a los pares por su nombre. Violado reiteradamente por los convencionales Vera, Muracciolle, Caballero y otros, sin que la Presidencia actuara.

Art. 149: El que prohíbe alusiones irrespetuosas o imputaciones de mala intención, pese a lo cual hemos sufrido acusaciones patoteriles, tratándonos de “vagos”, “burros’, “caraduras”, “cobardes”, “idiotas”, “traidores” y otros ataques personales, con micrófonos apagados por presidencia a la oposición y censura directa, y hasta intentos de violencia física inminente al retirarnos el día viernes por parte del convencional Solalinde y Caballero.

Art. 150 y 152: ambos prohíben interrumpir a quien tiene la palabra y obligan a mantener el orden. Se permitió la interrupción sistemática y se toleraron faltas de respeto del oficialismo sin sanción.

Otra situación irregular a remarcar es que, en cualquier órgano deliberativo, un proyecto debe ser derivado primero a comisiones luego de ser ingresado por el pleno, para ser analizado, debatido y eventualmente dictaminado, y si en la misma sesi6n, como se observó en los asuntos entrados de los días 4, 6 y 8 de agosto se ingresaban los proyectos de reforma del oficialismo, y al mismo momento aparecen los dictámenes de comisión, nos revela que todo fue ficticio e inexistente.

Claramente el debate legal no se dio, que la decisión tomada antes de escuchar a la minoría y que se simulo un procedimiento que en realidad no se cumplid. El hecho de que el oficialismo ya tuviera el dictamen redactado antes de la presentación oficial del proyecto demuestra que todo estaba armado de antemano. Saltarse ese paso es negar el derecho a legislar, reduciéndola a un rol decorativo para legitimar la reforma ya pactada, que vulnera principios básicos del debido proceso parlamentario y de la forma republicana de gobierno, donde queda evidenciado que en Formosa no hay una reforma hay un guion, en la misma sesi6n que entra el proyecto ya está el dictamen incorporado al plan de labor, y se aprueba.

En resumen los 23 artículos aprobados hasta la fecha no cumplieron con el mecanismo legal de tratamiento en comisión , dado que nunca fueron derivados en tiempo y forma por el plenario a la comisión respectiva como lo establece el reglamento, lo que lo convierte en trámites de ocultismo parlamentario, todo ingreso por la ventana sin que la oposición tenga vista previa ni posibilidad de análisis técnico, lo que queda evidenciado ya que en la primera sesión del lunes 4 de agosto se tenían dictámenes de asuntos que nunca habían sido derivados pues recién estaban ingresando al plenario en ese momento, y que tampoco se solicité el tratamiento sobre tabla, y así se aprobaron la reforma de los arts. 7 y 8 entre otros, repitiéndose este mecanismo sesi6n en sesión, en cada uno de los artículos aprobados, convirtiéndolo así en un acto nulo de nulidad absoluta.-

El resultado de la primera semana de trabajo, estuvo marcado por la prepotencia, y el bloqueo absoluto de la minoría que ha dado como resultado 23 artículos nulos aprobados por los obsecuentes de siempre.

Estos no son errores: son ataques planificados al espíritu democrático, al respeto institucional y a la igualdad entre convencionales.

Por eso nos retiramos. No es un abandono: es un acto de dignidad. Vinimos a cumplir la labor de Constituyentes, no la de colaboracionistas del Régimen. No vamos a convalidar ni legitimar una Constitución redactada desde el quinto piso de la Casa de Gobierno, donde ni los propios constituyentes oficialistas pueden modificar una coma. Una Constitución hecha para garantizar la perpetuidad en el poder, burlar el fallo de la Corte Suprema y habilitar otra reelección de Insfrán, consagrando normas autoritarias que arrebatan derechos al pueblo formoseno, garantizados por la Constitución Nacional.

Hemos intimado reiteradamente a la Presidencia y a la mayoría oficialista a respetar irrestrictamente el reglamento y el sistema democrático, no solo no fuimos escuchados sino que se avanzó en la aprobación de normas sin el tratamiento adecuado y sin la intervención de la minoría en la redacción ni debate, desfigurando totalmente las garantías constitucionales, el régimen económico de la provincia en detrimento de la seguridad jurídica y la posibilidad de inversiones privadas, solo en la reforma de estos primeros 23 artículos ya aprobados.

La esencia de una convención constituyente es resguardar los derechos de las minorías. El constitucionalismo ve a la constitución como una frontera de los privilegios de las mayorías y del Estado, por lógica consecuencia el obstaculizar la labor o impedir defender sus proyectos a las minorías, desnaturaliza una convención constituyente. En rigor estamos peor que antes de la reforma, y frente a la desobediencia de los principios republicanos, incumpliendo hasta la fecha la sentencia de la Corte Suprema de Justicia, que debió haber sido prioridad de tratamiento por la convención.

Ese derecho de las minorías que debe ser resguardado, como el derecho a la vida, a la libertad, a la propiedad, a la igualdad de oportunidades, a las autonomías municipales, a la garantía de independencia de la justicia y al respeto irrestricto de la voluntad popular reflejadas en las normas electorales, están siendo violados desde que en el preámbulo se admite proclamar al modelo formoseno, que pretende concebir una autonomía provincial absoluta, por encima de los limites republicanos que dispone la Constitución Nacional, donde queda claro que es un modelo de pobreza, persecución, avasallamiento y de inseguridad jurídica, con un sesgo marcadamente ideológico partidario.

Teniendo en cuenta que todos hemos asumido este compromiso con el pueblo, jurando cumplir nuestra función como convencionales para desempeñar con lealtad y patriotismo, nuestra función, con arreglo a los preceptos de la constitución nacional y provincial, y que si así no lo hiciéramos Dios y la Patria nos demandaría, por ello atento al avasallamiento del derecho de las minorías, al apartamiento grosero de las normas de nuestra constituci6én nacional y de tratados internacionales, como la reformas aprobadas por los dos tercios respecto a los art. 7, 8, 19, 23, 40, 41, 45 entre otros, que revela que los 23 artículos aprobados, no alcanzan los estándares exigidos por la Constitución Nacional, lo que los convierte en inconstitucionales, e impiden nuestra continuidad en una convención que sin la participación de las minorías marcha hacia una clara confrontación con nuestra Carta Magna Nacional.

En síntesis, ante los abusos, maltratos, atropellos constantes e inconstitucionalidades, dejamos claro que no están dadas las condiciones para continuar y no seremos cómplices ni participes de esta farsa que busca blindar al poder en perjuicio del pueblo formoseño.

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