
Siga la joda: "Camioneros" demostró una vez más que la ley está pintada en Formosa
leonardo fernández acosta
¿Hasta cuándo los formoseños tendrán que seguir soportando que se atraviesen camiones en las rutas como si el espacio público fuera propiedad privada de un sindicato? Esa es la pregunta que vuelve una y otra vez cada vez que el tránsito se paraliza por decisión de un dirigente que confunde protesta con imposición.
Lo ocurrido frente al Aeropuerto Internacional El Pucú no fue una manifestación simbólica ni un reclamo pacífico. Fue la interrupción deliberada de la circulación, el bloqueo de una vía estratégica y la restricción del derecho de miles de ciudadanos a desplazarse libremente.
Eso tiene un nombre jurídico claro: delito.
Durante años, este tipo de acciones encontró un clima de tolerancia política que muchos atribuyen a la lógica de protección y connivencia del viejo esquema de poder que imperó en el país. Pero ese contexto ya no existe como excusa. Hoy, lo que ocurre en Formosa no se replica en la mayoría de las provincias argentinas. Y sin embargo, la práctica persiste como si nada hubiera cambiado.
Más grave aún: el bloqueo del tránsito no solo vulnera derechos individuales, sino que infringe normas concretas del orden jurídico argentino.
Entre ellas el Artículo 14 de la Constitución Nacional que garantiza el derecho de transitar libremente por el territorio, el Artículo 194 del Código Penal: sanciona a quien impida o entorpezca el normal funcionamiento del transporte o los servicios públicos. Ley Nacional de Tránsito 24.449: prohíbe obstruir la circulación en rutas y vías públicas, la Ley de Seguridad Interior 24.059: obliga al Estado nacional a intervenir ante situaciones que alteren el orden público y la libre circulación y el Código Aeronáutico (Ley 17.285): establece resguardos especiales en zonas aeroportuarias por razones de seguridad operacional.
Pero nada, la más absoluta inacción de las autoridades: No actuó la Gendarmería Nacional Argentina, cuya función incluye la custodia de rutas nacionales. No intervino la Policía Federal Argentina, con competencia en delitos federales. No se desplegó la Policía de Seguridad Aeroportuaria, pese a tratarse de un bloqueo frente a un aeropuerto internacional. Y tampoco se observó una reacción judicial proporcional a la gravedad del hecho.
Es decir: se violaron normas constitucionales, penales, de tránsito, de seguridad interior y de protección aeroportuaria y el Estado nacional miró para otro lado.
Acaso la sociedad debe seguir percibiendoq que cortar rutas es ilegal pero cuando lo hacen estos delincuentes no tiene consecuencias o quizas la otra razón que no es más que la falta de credibilidad de la real aplicación de la ley cuando las propias autoridades todavía le tienen miedo a quien las viola ¿Qué Estado de Derecho existe si la autoridad observa y no actúa?
Porque aquí no se discute el derecho a protestar. Ese derecho es legítimo, constitucional y esencial en democracia. Lo que está en discusión es otra cosa: el uso de la fuerza colectiva para restringir derechos ajenos con total impunidad.
La sociedad formoseña no necesita más demostraciones de fuerza. Necesita reglas claras, iguales para todos y aplicadas sin miedo, porque gracias a este aporte de inacción de las autoridades y la patota de camioneros, la democracia en Formosa todavía es más débil y la impunidad más fuerte
Porque el tránsito no puede depender de la voluntad de una patota. Y la ley no puede depender del silencio de quienes deben hacerla cumplir.


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