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Condenaron a tres años de prisión a la cocinera de Julio De Vido por lavado de dinero

Se trata de Nélida Caballero. El Tribunal Oral Federal 7 también ordenó el decomiso de sus bienes.

Nacionales05 de diciembre de 2024leonardo fernández acostaleonardo fernández acosta
nelida
El juicio comenzó en septiembre. Y apenas arrancó, la mujer pidió declarar. Caballero justificó su patrimonio en la prostitución

El Tribunal Oral Federal 7 condenó a tres años de prisión, en suspenso, a Nélida Caballero, la cocinera del ex ministro de Planificación Julio De Vido, acusada de lavado de dinero. El tribunal también dispuso que se decomisen sus bienes por un monto superior a los 395 millones de pesos. La mujer había intentado justificar su incremento patrimonial en el juicio por una sorpresiva jugada. Dijo que todo provenía del ejercicio de la prostitución. “Acá se intentó usar la defensa Clérici”, dijo la fiscal Fabiana León cuando pidió para ella tres años y tres meses de condena. Los otros dos implicados quedaron absueltos.

El juicio comenzó en septiembre. Y apenas arrancó, la mujer pidió declarar. Caballero justificó su patrimonio en la prostitución, en donde se vinculó con banqueros y empresarios que le regalaban dinero y vehículos a cambio de sus servicios. A muchos, dijo, los conoció mientras trabajaba como empleada en la casa del entonces ministro De Vido. “Siempre he sido una persona llamativa, que me gusta llamar la atención, y ya desde adolescente quise empezar a sacarle provecho a eso para poder crecer económicamente -le contó a los jueces al inicio del juicio-. Primero empecé a prostituirme para poder mantener a mi hija, pero después seguí en el rubro porque me iba muy bien y me podía dejar muchas ganancias extra, y lo sigo haciendo hasta el día de hoy”.

En 2006, Caballero comenzó a trabajar como empleada de limpieza en el Hotel Posada Los Álamos, en El Calafate y en una recepción en la gobernación conoció a la familia De Vido. La esposa del entonces ministro, Alessandra Minicelli, se había enojado en aquel momento porque ella tiró unas tiras que medían la insulina, pero después la perdonó y ella le dejó su teléfono por si necesitaba una empleada. Al mes, dijo, la llamó y le ofreció empleo en la Capital Federal. Pero en aquel momento, contó, la extorsionaron para no difundir ante su familia un video porno de ella. “Fui sincera con Lali, le mostré el video y le conté que yo ejercía la prostitución. En vez de echarme, ella me dijo que yo hiciera lo que quisiera de las puertas para afuera pero que respetara su casa”, dijo en el juicio.

La fiscalía nunca creyó en sus argumentos. Justamente los empresarios que decían le habían pagado esos suntuosos bienes ya estaban fallecidos y no había ningún documento que respaldara esa versión. “No hay una factura que diga servicios de gato”, contestó la defensa cuando pidió la absolución.

Lo cierto es que esta tarde los jueces del tribunal Enrique Mendez Signori, Fernando Canero y Germán Castelli -que también tienen en sus manos la realización del juicio de los Cuadernos- llegaron a un veredicto. Y la condenaron en base a las pruebas reproducidas en el debate a tres años de prisión. Como no hubo acusación para Omar Marcelo Lavergne y Camila Florencia Caballero -hija de la cocinera-, porque según la fiscal el juicio demoró en hacerse y la figura penal prescribió.

Según el fallo, Caballero terminó condenada a tres años prisión, de ejecución condicional, y multa dos veces del monto de la operación y costas, por “considerarla penalmente responsable del delito de lavado de activos, en calidad de autora (artículos 26, 29 inciso 3°, 40, 41, 45, 303 inciso 1° -según redacción ley 27.739- del Código Penal, y 403, 530, 531 y 533 del Código Procesal Penal de la Nación). También se le impuso la obligación de fijar residencia y someterse al control de la Dirección de Asistencia y Control de Ejecución Penal, por el plazo de tres años.

También se ordenó decomisar el inmueble rural sito en Colonia Ex Misión Laishí del Departamento de Laishí de la provincia de Formosa, identificado como Folio Real Matrícula 3644 y Catastro: Depto. 02, Circunscripción IX, Sección D, Parcela 31; el cuatriciclo marca Tibo, modelo Hunter 250, dominio HLY-596, el vehículo marca Toyota, modelo Hilux 4x4 cabina doble SRV 3.0 TDI A/T C/Cuero, dominio KPY-061, el vehículo marca Peugeot, modelo RCZ Tiptronic, dominio MRK507, el vehículo marca Fiat, tipo Pick Up Cabina simple, modelo Strada Working 1.4, dominio MMA-366 y el vehículo marca Toyota, modelo Etios XLS, dominio OJW-608 (artículos 23 y 305 del Código Penal). Todos esos bienes quedarán a disposición de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Fuente: Infobae

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